sábado, 10 de mayo de 2008

Presentan recurso en favor de presos políticos Mapuche incomunicados en cárcel de Temuco.

El defensor de los cinco comuneros Mapuche imputados por la supuesta quema de un camión en Ercilla, hecho ocurrido el pasado 26 de abril, presentó un recurso en el Juzgado de Garantía de Collipulli, para que sea enviado a la Corte de Apelaciones de Temuco, con la finalidad de derogar la prisión preventiva en la que se encuentran Leonardo Licán Ñanco, Luis MIllacheo Ñanco, José Millacheo Ñanco, Andrés Lican Lican y José Millacheo Marín.
Juan Esteban Muñoz argumentó que no existen antecedentes concretos que acrediten la participación de los comuneros en el incendio del camión. Recordemos que los cinco comuneros, pertenecientes al sector de Chequenco, se encuentran encarcelados e incomunicados en la cárcel de Temuco, desde el pasado 2 de mayo. Precisar además que el juez de Garantía decretó cinco meses para el cierre de la investigación.

Por otro lado, la causa fue traspasada a la Defensoría Penal Mapuche.

Asimismo, indicar que los abogados Jaime López y Ricardo Cáceres, pertenencientes a la mencionada entidad, enviaron un oficio a Gendarmería para que termine con el trato discriminatorio en contra de los comuneros, que a dos semanas de ser detenidos no han podido recibir visitas, material de aseo y alimentos. "La prohibición sobre los imputados es sólo respecto a las comunicaciones", subrayaron.

Finalmente, hay que recalcar que los cinco comuneros detenidos pertenecen a un sector emblemático de la lucha de reconstrucción nacional Mapuche, por lo que, evidentememte, esto obedece a una persecución política en contra de la familia Millacheo, de la comunidad Newen Mapuche de Chequenco, que en la actualidad mantiene a su lonko, José Ciriaco Millacheo, en la clandestinidad.

¡¡Basta de montajes políticos-judiciales!!

¡¡Libertad a los hermanos Millacheo y a todos los presos políticos Mapuche!!

¡¡Fin a la militarización de las comunidades Mapuche en conflicto!!

¡¡Marrichiwew!!



http://redchem.entodaspartes.org/spip.php?article536

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